Los pasajeros pueden reclamar, de media anual, hasta 500 millones de euros a las compañías con entrada y salida de España. La cuestión está en que tan solo un 4,5% de los españoles lo hace tras un incidente o un retraso.
Las causas, según apunta Frank Verschuur, director general de Gate28, el total desconocimiento de sus derechos en concepto de reclamaciones. Dos de cada tres viajeros españoles desconoce cuáles son las condiciones para poder reclamar una indemnización por un vuelo retrasado o cancelado si la aerolínea es la responsable.
A la vista está tras una encuesta realizada por Kantar TNS, en la que más de la mitad de españoles piensa que el tiempo máximo para reclamar está en los 6 meses desde la fecha de la incidencia. Ninguno de los encuestados está al corriente de que pueden pasar hasta 10 años después del vuelo para realizar una reclamación.
Con respecto a la cantidad de la indemnización, ocho de cada diez españoles desconoce cuál es el importe máximo que puede llegar a reclamar y tan sólo un 3% sabe que se trata de 600 euros, dependiendo de la longitud del recorrido.
Según el reglamento europeo, los vuelos con menos de 1.500 kilómetros cancelados o que acumulen un retraso de más de tres horas se llegan a compensar con hasta 250 euros por persona. Entre 1.500 y 3.500 kilómetros se indemnizan con hasta 400 eurosy los que superan los 3.500 kilómetros compensan cancelaciones o retrasos con hasta 6.000 euros.
En los vuelos con salida y llegada a España, la compensación que se puede llegar a reclamar es de hasta 483 millones de euros anuales, según datos del 2016 (un incremento de más de 10 mil euros respecto al 2015). Aumentan también las cifras de pasajeros con derecho a reclamar, de más de un millón de pasajeros pasan a ser un millón trescientos mil en 2016. Las incidencias que se han podido compensar económicamente aumentan en dos mil euros respecto al año anterior, con más de 9.200 incidencias compensables.
No es solo poner la reclamación y que te den la razón. Las aerolineas saben que si no pagan hay que ir a la justicia ordinaria. La reclamación en Aesa no presupone el pago.
Todo son facilidades para gestionar las reclamaciones, igual que todo son facilidades para no pagar.
Si estuviesen adscritas a tribunal de arbitraje, seguro que se multiplicaba exponenciable ls reclamaciones.
Para cuando las autoridades les obligarán a las concesionarias de los aeropuertos a tribunales de arbitraje.