La Ley de Renovación y Modernización Turística de Canarias contiene un artículo inconstitucional. Se trata del artículo 4.2, apartado C que, según ha dictado el Tribunal Constitucional, “continúa vulnerando la normativa básica estatal”.
Concretamente, en ese apartado se “sigue proporcionando un tratamiento diferenciado a los establecimientos de 5 estrellas o categorías superiores, los cuales, además no están sometidos a los requisitos previstos en el nuevo artículo 4.2.a”.
El Ejecutivo autonómico ha reconocido la inconstitucionalidad del artículo y ha remitido un escrito en el que informa que “procede a la modificación” del mismo con “la correspondiente tramitación y aprobación de la ley que así lo disponga”, informa Diario de Avisos.
Para corregir la inconstitucionalidad de la ley se tendría que especificar que las autorizaciones para nuevos hoteles y apartamentos, condicionados actualmente a cumplir unos estándares de calidad y eficiencia energética, tendrán que aplicarse a todos los establecimientos sin distinción de categorías.
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