Un mismo convenio para tres colectivos de trabajadores distintos. Eso es lo que acaba de acordar Binter tras un “largo período de negociaciones y numerosas reuniones” con los representantes de los empleados y que significa, según la aerolínea, “el inicio de una etapa de paz laboral”.
En un comunicado, la compañía canaria hace hincapié en que “por primera vez” se firma un único convenio para el personal de tierra, azafatas y pilotos y destaca además que ha contado con el “apoyo mayoritario” de todos ellos.
“Con la firma de este convenio se cierra la negociación laboral en las tres compañías operadoras del sistema Binter (Naysa, Canair y Binter) y coloca a esta última compañía en situación competitiva, lejos de las condiciones rígidas que hubiesen hecho inviable su supervivencia”, señala la aerolínea en una nota.
Se ha aprobado con el voto favorable de un piloto miembro del comité de empresa afiliado al SEPLA que se ha negado a seguir las directrices del sindicato. Eso si, para el y otros dos pilotos se han garantizado un contrato adpersonam.
Ayer se hizo pública la sentencia del primer ERE de BINTER y lo declara nulo. Pero claro esta noticia a binter no le interesa que se sepa.
Mi más sentido pésame a los trabajadores, el Rudolf se ha salido con la suya, algunos estrenarán coche o casa pronto.
Ibb, infórmate. El ere no ha sido declarado nulo. Se confirma la no existencia de grupo empresarial y se declaran improcedentes los 14 despidos. Existe la opción de indemnizarlos, que supongo que es por lo que optará la empresa.
¿Convenio de binter para vuelo y tierra?
Para cuantos empleados? Para 10 personas?
En Binter puro ya no hay más que eso. Lo demás es Atlántica de Handling, binter Technic, binter vende, binter pelotas, binter extorsión, Naysa perla negra, Canair (las lentejas), es decir, que eso de firmar un convenio de Binter es una milongada.
Vaya gol que han metido con esta noticia
Juan Antonio, mira de nuevo los folios 42 y 43 de la sentencia. Declara nula la resolución de la dirección de trabajo nº 1648 y la orden 238/2012 de la consejería de empleo.
Declara el derecho de los trabajadores a reincorporarse en su puesto de trabajo con condena de la empresa al abono de los salarios dejados de percibir desde que cesaron en la prestación de servicios salvo que la empresa opte por indemnizar por despido improcedente.
-en cuanto al tema del grupo empresarial espera a que salga el recurso en el Supremo de la sentencia del TSJC sobre el ere2. Quizas a RN y sus chicos se les atragante todo esta maraña de empresas.
salvo que la empresa opte por indemnizar por despido improcedente.....
Pues eso...
Pue eso. Despido IMPROCEDENTE.