El Tribunal Supremo ha hecho pública una sentencia gracias a la cual la filial española de Accor Hoteles tendrá una rebaja del 29 por ciento del alquiler de un establecimiento en Valencia. El abaratamiento del alquiler se debe a la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus (estando así las cosas), que permite modificar un contrato si se dan circunstancias imprevisibles que alteren la base económica del contrato y resulte gravoso su cumplimiento.
Según la sentencia, se reduce un 29 por ciento el alquiler del hotel Ibis (marca con la que opera la hotelera este activo) y se obliga al arrendador, que antes se había negado a renegociar el contrato, firmado en 1999, a la devolución del 29 por ciento de las rentas desde que se interpuso la demanda. En una sentencia anterior, la Audiencia Provincial de Valencia había denegado la aplicación esta cláusula, según El Confidencial.
La aplicación de esta cláusula había sido hasta ahora excepcional. En este caso, el Supremo entiende que la crisis no se pudo prever en la firma del contrato y esgrime como argumento las rebajas del 50 por ciento del alquiler que Eurostars logró de su arrendador. Se espera que en futuras sentencias del Tribunal Supremo se mantenga este criterio, que impactaría principalmente en hoteleras y centros comerciales.
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