Añade 29 requisitos

La norma Marlaska triplica los datos que los hoteles deben comunicar

Tendrán que registrar 43 datos de los clientes frente a los 14 a los que se les obligaban antes de la creación de esta propuesta

Se encuentran datos bastantes de carácter sensible que van mucho más allá de los que recogen los documentos oficiales de los clientes

El polémico Real Decreto 933/2021 que pretende imponer el ministro de Interior, Fernando Grande Marlaska, casi triplica el número datos que deben comunicar establecimientos hoteleros, propietarios viviendas turísticas regladas y empresas de alquiler de vehículos (Registro documental: la espada de Damocles que amenaza al turismo).

Tal y como se desprende el documento publicado en el BOE, del que se ha hecho eco The Objective, los hoteles tendrán que registrar 43 datos de los clientes frente a los 14 a los que se les obligaban antes de la creación de esta propuesta. Para los Airbnb, serán 41 y para los rent a car alrededor de 40 (Los grandes lobbies de Europa exigen a España frenar el registro documental).

Entre ellos, se encuentran bastantes de carácter sensible que van mucho más allá de los que recogen los documentos oficiales de los clientes (DNI y pasaporte), tales como forma de pago, números de tarjeta de crédito, teléfono móvil, domicilio real de residencia, relación de parentesco entre los viajeros, y un largo etcétera.

Toda esta información será enviada al Ministerio del Interior, que la conservará en dos ficheros administrados por la Secretaría de Estado de Seguridad. Las fuerzas y cuerpos de seguridad podrán acceder a estos datos para “mejorar la eficacia en la prevención y la investigación de los delitos de terrorismo o los relacionados con la delincuencia organizada de carácter grave”.

Desde el sector turístico se viene produciendo una clara unión en contra de la medida. Hoteleros y agencias de viajes han alertado de que se trata de una normativa de imposible aplicación y que supone una carga de trabajo inasumible para los profesionales. De hecho, las segundas han solicitado quedar exentas, ya que no prestan ni el servicio de hospedaje ni el de alquiler de vehículos.

Sin embargo, el Real Decreto 933/2021 es contundente con su cumplimiento. De acuerdo con la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, la falta de registro o comunicación de los datos solicitados puede considerarse una infracción grave, sancionada con multas de hasta 30.000 euros.

Como publicó en exclusiva Preferente, está previsto que la normativa entre en vigor el próximo 2 de diciembre. Precisamente, hoy, 1 de octubre concluía la última moratoria, pero ha vuelto a ser postpuesto hasta la mencionada fecha por las presiones del sector turístico (El sector turístico gana su batalla a Marlaska con el registro documental).

 



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    Enrique
    3 horas

    Hola, y la LPD ¿no interfiere a esa LEY?.


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