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EDICIÓN ESPAÑA

Anula multas impuestas por responsabilidad civil y obliga a justificarlas

El Supremo confirma la condena de Díaz Ferrán por el caso Marsans

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años y seis meses de cárcel, impuesta en septiembre del 2015,  al expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, por delitos de alzamiento de bienes, concurso fraudulento, integración en grupo criminal y blanqueo de capitales. Y no ha modificado la multa de 1,2 millones de euros por la comisión de este último ilícito, perpetrado al vaciar el patrimonio del Grupo Marsans.

 

El expresidente de la patronal reconoció en la Audiencia Nacional su culpa y admitió íntegramente el relato de los hechos del fiscal Daniel Campos (Marsans: Díaz Ferrán admite que se llevó dinero y culpa a Ángel De Cabo).

 

Según recoge Diario de Mallorca, la sentencia de instancia fue recurrida ante el Tribunal Supremo por Meliá, Pullmantur, AC Hoteles, Astra Worlwide International Limited e Implementación de Proyectos -propiedad de Manuel Díaz Ferrán, hermano del acusado-.  El alto tribunal mantiene la resolución de la Audiencia sobre las penas de prisión, que nadie recurrió, pero estima parcialmente los recursos de las empresas relativos a responsabilidades civiles directas o subsidiarias.

 

Anula la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de la empresa de Manuel Díaz Ferrán, ya que según el alto tribunal los hechos probados "no prestan base para declararla". Respecto al recurso presentado por Astra Worlwide, el Supremo ordena que redacte de nuevo la sentencia para que “se justifique suficientemente" la decisión de declarar a la sociedad responsable civil subsidiaria.

 

La Audiencia también deberá redactar de nuevo la parte referida a Meliá, Pullmantur y AC Hoteles, para "resolver expresamente" sobre la pretensión de esas sociedades para que la responsabilidad civil directa recaiga en el grupo Alandalus Management, propiedad de la familia del empresario Jamal Satli Iglesias. Según el alto tribunal, no se hace "referencia expresa" a las operaciones que estas entidades consideran realizadas por los acusados para vaciar las empresas sociedades Hotetur Club, la cadena hotelera de Marsans, y Hotesand, la inmobiliaria.

 


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