España podría ser condenada por aplicar mal la normativa comunitaria sobre el IVA a las agencias de viajes. Así lo ha recomendado la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) Eleanor Sharpston, dando la razón en parte a la Comisión Europea que en 2011 llevó ante la Corte a nuestro país y otros estados miembros.
En concreto, considera que España incumple la normativa al excluir del régimen todas las ventas realizadas al público por agencias minoristas cuando se trata de viajes organizados por agencias mayoristas. Es decir, la normativa española excluye del pago del IVA no sólo las ventas cuando el minorista actúa como intermediario (lo que permite la directiva), sino también cuando las hace en su propio nombre (que no está previsto en la norma), según Efe.
Dice la abogada general que España tampoco respeta la norma al autorizar a las agencias a consignar en la factura una cuota global que no guarda relación con el IVA efectivo repercutido al cliente y al permitir que determinen la base imponible del impuesto de forma global para cada periodo impositivo.
[...] abogada general que España tampoco respeta la norma al autorizar a las agencias a consignar en la factura una cuota global que no guarda relación con el IVA efectivo repercutido al cliente y al permitir [...]
Pues cuando investiguen a las mayoristas y centrales de reserva que facturan desde Canarias haciendo la actividad en zona iva, que pasará.