La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda presentada por el Sindicato Profesional de Viajes (SPV) contra la Confederación Española de Agencias de Viajes (Ceav), la Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y juego de UGT y la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CC OO sobre conflicto colectivo.
El SPV recurrió en el mes de marzo a los tribunales porque a su juicio no se había respetado el sistema de representación proporcional a la hora de conformar la comisión paritaria como establece el artículo 55 del convenio colectivo, según el cual a este sindicato le correspondían tres miembros frente a los dos y uno, respectivamente, de UGT y CC OO.
El Sindicato Profesional de Viajes apoyaba su demanda en base a los datos obtenidos de las elecciones a representantes del sector de las agencias desde septiembre de 1999 hasta finales de agosto de 2013 en los que SPV obtuvo 297 representantes frente a los 161 de UGT y los 130 de CC OO. La Audiencia Nacional sin embargo rechaza esta prueba porque “no acredita la representación alcanzada por cada sindicato al momento de constituirse la comisión para negociar el actual convenio colectivo (26-12-2011) ni tampoco la que ostentaban al momento de su firma (25-6-2013).
El tribunal explica en su sentencia que la representación de cada sindicato en la comisión mixta paritaria “debe corresponderse con la que ostentaban al momento de constituirse la comisión negociadora del convenio” y detalla que, teniendo en cuenta que en dicho momento la distribución era 4 por UGT, 4 por CC OO y 4 por SPV “lo lógico es que esa misma proporción se observe para constituir la comisión mixta paritaria a razón de dos miembros para cada uno”.
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