El Juzgado de lo Social número 4 de Madrid ha desestimado la demanda por despido improcedente de Rafael Montoro al estimar, tal y como defendía Nautalia, que la acción de reclamación se había presentado fuera de plazo.
La minorista de Wamos alegó durante el juicio la caducidad de la acción de despido al señalar que la destitución se le notificó a Montoro el 16 de febrero aun cuando este no quiso recoger ni la carta de despido ni los burofaxes que se le remitieron, por lo que ese debe ser el día a partir del cual compute el plazo máximo de 20 días hábiles para presentar cualquier reclamación.
La juez da la razón a Nautalia y señala en su sentencia que “aún partiendo de la fecha de notificación que dice la demanda, del 11 de marzo, la demanda estaría igualmente caducada dada la fecha de presentación de la papeleta de conciliación del 22 de abril”.
La minorista defendió ante la magistrada que el despido de Rafael Montoro fue “por causas objetivas vista la situación económica de la empresa que seguía siendo de pérdidas y lo elevado de sus retribuciones”. Además hizo hincapié en el hecho de que el exdirector general de Nautalia presentara una denuncia penal por supuesto desfalco de 11,5 millones “cuando ya se le había indicado que iba a ser despedido”.
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