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EDICIÓN ESPAÑA

Viajes Marsans, el chófer y el teléfono móvil

 

Madrid. 24/12/10.- El Tribunal Supremo ha eximido a un chófer del ex presidente de Viajes Marsans y ex máximo responsable de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, de indemnizar con 11.905 euros a la agencia de viajes por el uso "abusivo" y "personal" que hizo de un móvil de la empresa, al entender que la reclamación se hizo tarde.

 

Así lo ha acordado en una sentencia la sala de lo social del Supremo, que considera que la empresa debía haber reclamado esa cantidad en el momento en que se produjo el despido y no casi dos años después, porque de ese modo la reclamación es "claramente extemporánea" y la acción -el uso indebido del móvil- está ya "prescrita", según publica diariovasco.com.

 

La sentencia estima así el recurso interpuesto por el chófer contra una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que estableció que la reclamación indemnizatoria interpuesta por Viajes Marsans no había prescrito, tal y como había apreciado anteriormente el Juzgado de lo Social número 9 de Madrid.

 

El chófer prestó sus servicios entre el 1 de enero de 2004 y el 6 de junio de 2006, fecha en la que se produjo el despido al comprobar la empresa que el móvil puesto a su disposición, "limitado a las llamadas de servicio", había sido utilizado de forma "abusiva" para llamadas particulares, uso que tenía "prohibido".

 

Un juzgado de lo Social declaró procedente el despido en octubre de 2006 y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid lo confirmó en junio de 2007, pero no fue hasta abril de 2008 cuando Viajes Marsans reclamó al chófer una indemnización de 11.905 euros, equivalente al gasto en llamadas nacionales e internacionales que hizo el chófer en nueve meses.

 

Según el Supremo, "el daño -por la indebida utilización del teléfono móvil por parte del trabajador- ya está producido en su integridad y es conocido a fecha del despido", por lo que no existe "impedimento alguno para que desde tal momento se hubiese exigido al infractor la correspondiente responsabilidad civil".


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