El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Canarias dicta sentencia en contra de la zonificación del alquiler vacacional, sentando un precedente legislativo en la regulación de estas prácticas.
La sentencia afirma que “el reglamento (del Gobierno canario) infringe claramente la libertad de empresa y la libertad de prestación de servicios, limitando la oferta turística sin justificación suficiente”.
Tacha de competencia desleal la oferta de estos productos de alojamiento. Asegura el TSJ que “La única explicación plausible a esta cortapisa es que con ello se trata de favorecer la oferta de productos de alojamiento turístico tradicionales implantados mayoritariamente en estas zonas turísticas”.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias también anula el artículo que prohíbe el alquiler de habitaciones “puesto que no hay razones para exigir a un cliente que sólo desea contratar una habitación para alojarse que asuma el coste del arrendamiento de la totalidad de la vivienda”.
La autoridad judicial anula así varios artículos del Decreto que regula el alquiler vacacional, tras el contencioso-administrativo que ha dado la razón a la Federación Española de Asociaciones de Viviendas de Uso Turístico y Apartamentos Turísticos contra el Gobierno de Canarias.
El TSJ establece que “excluir la oferta de viviendas vacacionales de las zonas turísticas o de aquellas de uso mixto, precisamente donde se tratan de localizar predominantemente los usos turísticos, carece de cobertura legal en la Ley de Turismo de Canarias”.
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