El Tribunal de Casación ha convertido en firme el criterio por el cual tanto el alquilador como el inquilino que intermedien una vivienda como piso turístico en ciertos municipios de Francia, serán objeto de serias multas (Francia: fuerte golpe legal a la vivienda turística y Airbnb).
El truco que se quería aplicar era el siguiente: un propietario alquila el piso por un tiempo que no entra en la categoría de vacacional. Pero su inquilino, en lugar de habitar el piso, los introduce en el mercado vacacional de corta duración. Al no ser el propietario, las multas le iban a ser indiferentes. Pero ahora los tribunales franceses dicen que tanto uno como el otro serán objeto de las multas.
El operador que había alquilado ilegalmente, había acudido al Tribunal de Casación porque había recibido tantas multas por piso como clientes había tenido. El individuo aducía que la multa ha de ser una por alojamiento. El tribunal, sin embargo, dictaminó que es una multa de nada menos que 50 mil euros por cada alquiler en el mismo piso. Y esa multa en realidad es de cien mil porque la han de pagar tanto el arrendatario como el arrendador, no así el cliente final del piso turístico.
En Francia, sólo se puede alquilar una vivienda durante 120 días al año.
Los expertos entienden que el conjunto de medidas en vigor prácticamente supone que será imposible mantener un negocio de alquiler vacacional de corto plazo importante. Apenas habrá algunos casos, pero minoritarios.
Y en España para cuando?
Jajajajajajajajaa
Para cuando las ranas críen pelo.