El Tribunal Constitucional anula la resolución que eximía a Aena de su responsabilidad en las decisiones tomadas a raíz de que el Gobierno decretara el cierre del espacio aéreo el 3 y 4 de diciembre de 2010 durante la huelga de controladores y aceptará la demanda colectiva de los afectados.
La Sala Segunda entiende que las resoluciones de la Audiencia Nacional que rechazó la demanda contra Aena, vulneraron el derecho a la tutela judicial efectiva de los demandantes y espera una “nueva resolución respetuosa con el derecho fundamental vulnerado”.
El Constitucional ordena retrotraer las actuaciones hasta el Juzgado Central de lo Contencioso Aministrativo nº 1 de la Audiencia. Según el citado organismo, el Juzgado esgrimió sus razones para rechazar la acumulación de los recursos con un “enunciado formal”: “No se solicita idéntica cantidad de indemnización para todos y cada uno de los recurrentes” y “tampoco se especifica ni acredita si la situación de todos ellos es la misma”; pero lo hace, recoge la sentencia, “sin argumentos que los concreten y sin razonamiento que los proyecte al caso”.
No hay problema, declararán competente al "juez" (por sistema de turnos, no por oposición) Ricardo Bodas en la Audiencia Nacional, y este prevaricador volverá a fallar según los favores que debe. En este caso, dado que fue el PSOE quien le puso donde está, y es a la AENA del PSOE a quien se demanda, no parece difícil anticipar el resultado.