El Tribunal Supremo (TS) ha tumbado la pretensión de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), sindicato que representa al 90 por ciento del colectivo de ENAIRE, de que se declarase abusiva la cobertura obligatoria de horas extras de fuerza mayor por parte de la compañía.
El sindicato impugnó en su demanda la práctica del ente público de asignar a los controladores aéreos los denominados Servicios de Cobertura Obligatoria para cubrir imprevistos propios de la naturaleza de la actividad y la consideración de las horas dedicadas a estos servicios como horas extraordinarias de fuerza mayor, publican varios medios.
El sindicato quería que cuando no se trate de prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, las horas dedicadas a los mismas se consideren horas extraordinarias estructurales, computables dentro del límite máximo de 80 horas anuales. La Audiencia Nacional rechazó la demanda por modificación sustancial de la misma, al haberse variado las causas de pedir, señalando, también, que la regulación convencional de las horas extraordinarias por fuerza mayor no vulnera lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.
En el fallo se declaró probado que el ente público ordena a los controladores con una antelación mínima de 48 horas la realización de servicios de cobertura obligatoria, entre los cuales se incluyen también la realización de imaginarias. Además, concluyó que tampoco vulneraba el Convenio Colectivo aplicable, desestimando la alegación del Sindicato demandante sobre la utilización abusiva y fraudulenta por parte de la empresa de los servicios de cobertura obligatoria, al no haberse probado que se utilicen para la cobertura de incidencias propias del servicio.
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