La Comisión Europea pide explicaciones al Gobierno español por la sanción de 179 millones de euros impuesta a Ryanair, Vueling, Volotea, Easyjet y Norwegian por cobrar el equipaje de mano (Ratificado: multa de 179 millones a las low cost por cobrar el equipaje de mano).
Según ha podido saber Preferente, Bruselas informa en una carta que, tras analizar la denuncia interpuesta por una asociación de aerolíneas, “hemos llegado a la conclusión de que es necesario que las autoridades nacionales nos faciliten más información”.
En el escrito, procedente de la Dirección General de Movilidad y Transportes, se explica que el paso dado es conocido como EU Pilot, consistente en el intercambio de información antes de determinar si se abre un expediente de infracción contra el Estado miembro por incumplir la legislación comunitaria, como exigen las aerolíneas afectadas.
El 22 de noviembre de 2024, España ratificó la multa millonaria a las cinco compañías mencionadas. El motivo principal es su política de equipaje de mano, si bien también se incluyen en el expediente otras cuestiones como el cobro por elegir asientos a padres que viajan con sus hijos o personas dependientes, así como por imprimir la tarjeta de embarque.
La peor parte se la llevó Ryanair, multada con 107,7 millones de euros, el 60,23% del total. Le siguen Vueling con 39,2 millones (21,94%) e Easyjet con 29 millones (16,26%). Volotea y Norwegian, por su parte, han sido multadas con 1.189.000 euros (0,66%) y 1.610.001 euros (0,90%), respectivamente.
En cabezazo de la noticia; "Bruselas requiere información al Ministerio de Consumo antes de decidir si abre o no un expediente de infracción"
Estas compañías aéreas llevan saltándose la normativa de viajar en espacio Europeo, desde hace 20 años en el caso de Ryanair
La ley es clara, Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea. Publicado en:
«BOE» núm. 176, de 23/07/1960. Entrada en vigor: 12/08/1960 Departamento: Jefatura del Estado
Artículo noventa y siete.
El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos.
El exceso será objeto de estipulación especial.
NO SE CONSIDERARA EQUIPAJE a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.
Contexto de la realidad:
Ryanair APLICÓ una norma NO APROBADA en el espacio aéreo EUROPEO. En sus billetes con su norma INVENTADA, sin ninguna aprobación por la normativa Europea, el equipaje de mano ahora se considera "dos bultos"
El bolso de señora o mochila ahora será gratis, pero ahora haremos esto y nos frotaremos las manos:
Primero el equipaje de mano de máximo 10 kilogramos ahora no será gratis y Segundo, cambiaremos las medidas de la maleta de mano con diferentes medidas a las dimensiones standard, asi las maletas standard quedaran fuera de comprobaciones por tamaño en puerta de embarque.
MAGNIFICO PLAN PARA FACTURAR!
Ahora por estas 2 razones podremos llamar a la maleta de mano: "92€ que has de pagar en puerta de embarque" Sino pagas te quedas en tierra, seguidamente descorcharon su botella de champán para bridar!
Pero esto es práctica de EXTORSION !
Millones de pasajeros han sido atracados por está práctica ilegal a puerta de embarque, otras pasajeras han sido rechazadas por no dejarles subir abordo, porque no podían pagar en metálico porque no tenía batería en el móvil para pagar si o si por datáfono, otros pasajeros o pasajeras se han visto obligados a tener que desechar maletas de mano y tirarlas a la basura en las puertas de embarque para evitar el cobro de 92 euros bajo amenazas de no volar. Otras pasajeras y pasajeros se han quedado en tierra por mala aplicación a modo de maltrato por parte de las agentes de embarque de RYANAIR, como el anterior caso de una pasajera que le denegaron embarcar, le amenazaron con que no iba a embarcar, aunque ella lo solicito de rodillas que por favor le dejarán pasar después de cumplir con las peticiones de ajustar el equipaje de mano, las agentes de Ryanair en puerta de embarque cumplieron con sus amenazas NO LEGALES, dejando a la pasajera fuera del vuelo, cerrando embarque con malas practicas.
Estás vejaciones y malas practicas de extorsión y mal trato al cliente en espacio Europeo infringiendo las leyes publicadas, están presentes en todos los embarques de toda Europa.
Según expone Puente, Aena ofrece a las compañías aéreas una política de incentivos “en igualdad de condiciones”. Advierte, además, que “los planes comerciales de Ryanair podrían vulnerar la Ley 18/2014 y, también, el marco de ayudas de Estado de la Unión Europea, porque solicita subvenciones públicas a los gobiernos regionales durante varios años continuados”.
La compañía aérea realiza EXTORSION a los aeropuertos, sino pagas en canon de publicidad o subvenciones TE RETIRO LOS AVIONES. A esta compañía le da igual la gente contratada por toda Europa, ellos están en Dublín. Las demás bases no son Ryanair, son personal externo, 100% empresas subcontratadas, que abren y cierran llevándose los aviones, dejando a cientos de personas colgadas con despidos fuera del marco regulador Europeo sin cumplir con la ley, con cambios de base sin arreglo a la normativa, totalmente fuera del estatuto de los trabajadores y fuera del convenio aplicable según su número CNAE, con cambio de sede de forma forzosa por cero euros. Dejando a las empleadas y empleados con el total de gastos sin ningún tipo de ayuda, perdiendo fianzas de pisos, realizando mudanzas y cambios de sede sin control.
Europa deberia ya hacer un 155 a esfachistan y arruinar y encerrar a funcionarios con mala praxis, como el que ilegalizó el thermomix de Lidl, el que encerró por rapear,poner urnas,quemar bandera y foto del buey fugado y de paso al loko komunista este.
Pues a hay q pagar la fiesta en España sea como sea ….esa es la explicación .
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 18/09/2014 en el caso C‑487/12 Vueling Airlines contra Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia, que está disponible en la red, da la razón a las aerolíneas. La ley nacional no puede contravenir la normativa europea.