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EDICIÓN ESPAÑA

Debe aclarar el Convenio de Montreal

Europa decidirá si se debe indemnizar con 1.400 euros por perder el equipaje

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea deberá dictaminar si en caso de pérdida total de equipaje la aerolínea tiene que pagar 1.400 euros a los pasajeros en concepto de indemnización o si, por el contrario, esa cantidad puede modificarse según los daños en cada caso, según informa el portal reclamador.es.

Este procedimiento judicial se produce después de que el reclamador.es presentó una reclamación contra Vueling para aclarar si la indemnización por pérdida de equipaje se ajustaba a una cantidad fija, un asunto que se trasladó al juzgado de lo mercantil de Barcelona.

En la actualidad el Convenio de Montreal regula que las indemnizaciones a pasajeros en caso de extravío o pérdida de equipaje establece un máximo de 1.131 Derechos Especiales de Giro como indemnización para aquellos pasajeros que su equipaje es perdido por la aerolínea, según informa El País.

Sin embargo, la normativa distingue si se trata de un retraso de la maleta o, por el contrario, de una pérdida. Cuando el equipaje aparece en el plazo de 21 días se considera un retraso y se debe valorar en función del daño causado. A partir de los 21 días se considera equipaje perdido y la indemnización debe ser de 1.400 euros.


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