El Tribunal Supremo le ha dado la razón a Iberia en el pleito que mantenía con la Agencia Tributaria desde hace varios años a cuenta de las retenciones sobre el impuesto de la renta de no residentes (IRNR) entre 2003 y 2004 y que ascendía a 29 millones de euros.
Según publica El País, el caso se remonta a 2007 cuando el fisco abrió una inspección a la aerolínea. Durante dos años Hacienda revisó las operaciones contables de la compañía y en 2009 le reclamó el pago del IRNR por el alquiler de aeronaves a casco desnudo –sin tripulación- para el transporte aéreo internacional de viajeros. En total, le exigía casi 29,5 millones, 23 en concepto de cuota a pagar y 6,4 millones por los intereses de demora.
Ahora el Supremo concluye que la Agencia Tributaria amplió la inspección de forma injustificada por lo que desestima su recurso al entender que el procedimiento estaba prescrito “por haber excedido las actuaciones inspectoras el plazo de 12 meses”.
"Si diéramos por bueno el acuerdo de ampliación que se analiza estaríamos aceptando que las dimensiones de la empresa es un elemento decisivo para la ampliación" del plazo de inspección.
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