La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) abrió en 2018 expedientes sancionadores a compañías aéreas por importe próximo a seis millones de euros, debido a las infracciones en la protección de los derechos de los pasajeros recogidos en el Reglamento 261/2004, publica Vozpópuli. Durante ese año, cerca de 21 millones de pasajeros se vieron afectados por los retrasos y cancelaciones de sus vuelos causados por los repetitivos episodios de huelgas vividos en los aeropuertos españoles, según datos de Airhelp.
Con todo, a pesar de la cantidad de afectados, se puede decir que las compañías aéreas han salido airosas del caos vivido el año pasado. La AESA tramitó 34.000 reclamaciones de particulares, asesoró a 17.000 pasajeros mediante su teléfono gratuito de atención al pasajero y respondió a 19.000 consultas por e-mail (Récord en 2018: 21 millones de pasajeros sufrieron retrasos o cancelaciones).
Sin embargo, las resoluciones de este organismo sobre las quejas de los consumidores, tal y como explican las plataformas en defensa de los consumidores, no son de momento vinculantes en España, pese a que la última directiva europea en la materia así lo exige precisamente para evitar que estos reclamos colapsen los juzgados como sucede en nuestro país.
El año pasado estuvo marcado por una cantidad sin precedentes de interrupciones de vuelo. Durante 2018, salieron cerca de 900.000 vuelos desde España, lo que permitió el desplazamiento de más de 112.000.000 pasajeros. De estos vuelos, un total de 170.000 sufrieron retrasos o cancelaciones, lo que afectó a más de 21 millones de pasajeros. En comparación, durante 2017, salieron cerca de 838.000 vuelos, con un total de 122.000 interrupciones (retrasos de más de 15 minutos y cancelaciones) en los vuelos y afectando así a más de 16 millones de pasajeros, subrayan los informes de Airhelp.
Todos los días un promedio de 57.000 pasajeros que viajaron desde España experimentaron algún tipo de interrupción en los vuelos, lo que supone que más de 1 millón de viajeros tendrá derecho a solicitar una compensación según el reglamento EC261 que establece las normas europeas para la indemnización y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, retraso o cancelación de vuelos.
Se hace la ley pero se permite la trampa.
Spaina sigue siendo diferente....... como siempre vamos tarde y mal...... Si quieres pleiteas, y si no te j...s, incumplo la ley (las aerolíneas) que me sale gratis..., y así nos va. Mientras el coste, lo asume la Administración, a través del colapso que sufren los juzgados de lo mercantil.