Ya es oficial. El Gobierno ha impuesto una multa de 179 millones de euros a cinco compañías de bajo coste. El importe de la sanción es aún mayor del anunciado el pasado mes de mayo, cuando se dijo que ascendería a 150 millones, y se incorpora, además, a una quinta aerolínea, según informa la Cadena Ser (Norwegian) (Multa histórica de España a Ryanair, Easyjet, Vueling y Volotea).
El Ministerio de Consumo multa a Ryanair, Vueling, Easyjet, Volotea y Norwegian. El motivo principal es el cobro del equipaje de mano, si bien también se incluyen en el expediente otras cuestiones como el cobro por elegir asientos a padres que viajan con sus hijos o personas dependientes, así como por imprimir la tarjeta de embarque.
La peor parte se la lleva Ryanair, que tendrá que hacer frente a una sanción de 107.775.777 euros, el 60,23% del total. Le siguen Vueling con 39.264.412 euros (21,94%) e Easyjet con 29.094.441 euros (16,26%). Volotea y Norwegian, por su parte, han sido multadas con 1.189.000 euros (0,66%) y 1.610.001 euros (0,90%), respectivamente.
Nada más conocer la decisión del Gobierno, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha emitido un comunicando advirtiendo que la sanción de Consumo “no se aplicará hasta resolución judicial, es manifiestamente ilegal e ignora la normativa europea”.
“La política de equipaje de mano actual se mantiene sin cambios a la espera de que los tribunales puedan decidir sobre la petición de medidas cautelares que solicitarán las aerolíneas afectadas”, confirma la patronal, que tacha de “sinsentido” la multa.
“Atenta contra el libre mercado y, en caso de aplicarse, España sería el único país en la UE donde se prohibiría la práctica de cobro de equipaje en cabina dejando a las aerolíneas que operan en este país en situación de desventaja competitiva”, prosigue.
Para ALA, “no tiene sentido que desde el Ministerio de Consumo se sancione de forma unilateral el cobro de equipaje en cabina desoyendo a la Comisión Europea, que aboga por establecer normas industriales comunes sobre pesos y dimensiones de este equipaje”.
Poco recorrido va a tener esa sanción. Ninguna de esas compañías prohíbe el equipaje de mano sino que regula de manera muy restrictiva las medidas del mismo. Hecha la ley hecha la trampa, y como siempre el perjudicado el consumidor. Ya va siendo hora de que se regule la medida del equipaje de mano de manera común en toda Europa y al menos sabremos a qué atenernos.
Error. Desde el 1 de septiembre la UE modificó el vacío legal que existía y detalló lo siguiente “ La nueva normativa estipula que las dimensiones máximas para el equipaje de mano son 55 cm x 40 cm x 20 cm (21,6 pulgadas x 15,7 pulgadas x 7,8 pulgadas). Además, el peso máximo permitido se ha fijado en 8 kg (17,6 libras).”. De hecho Ryanair empezó a modificar sus condiciones desde esa fecha. Ahora si tienen perdido la batalla.
La sanción es por prácticas previas a la nueva normativa.
Si, muy bien, pero no dice cuales son las mínimas, porque ya quisieran los que vuelan con Ryanair y otras muchas que pudieran llevar equipaje con esas medidas, Ryanair, lo acabo de mirar permite 40x25x20, Vueling, 40x30x20, y así otras muchas. Y Ryanair, por seguir con el ejemplo si te permite llevar equipaje con esas medidas, eso si, pasando por caja previamente, online o mucho más caro en el aeropuerto.
Nada cambiará hasta que el TSJUE sentencie, y pasarán años, porque no me cabe duda de que por importe se llegará hasta la última instancia judicial
Ya sentenció hace 10 años a favor de las aerolíneas (asunto C‑487/12 Vueling vs Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia).
Cero recorrido más allá del titular y del teatrillo, pues en virtud de la Sentencia del TJUE de 18/09/2014 en el asunto C‑487/12 (Vueling vs Instituto Galego de Consumo de la Xunta de Galicia) se da la razón a las aerolíneas.
Noticia irrelevante para las AAVV que tendremos que seguir rizando el rizo y leyendo al letra pequeña escondida detrás de la letra pequeña para que las ocurrencias de las aerolíneas para cobrar más por lo mismo no nos cuesten un disgusto al no haber informado a un cliente de la última trampa para incautos.
Y tampoco cambiará la cara que se te pone cuando tienes que decirle a un cliente que su ocurrencia de llevarse una maletita de tamaño y peso limitadísimos al centímetro y los 100 gramos serán otros 80 euros sobre un billete de 160... (caso real de esta misma semana, y los que nos quedan por ver).
Esta claro quien tiene buenos lobbies en Bruselas, y tb está claro la nula intención de los politicos al frente de la actual legislatura a mover el asunto tb en Bruselas en beneficio del ciudadano. Lo q me sorprende escq los juristas de la administración publica se presten a este paripe de cara a la galeria avalando dar recorrido a este “anuncio” de multa.
Al final, recogen el dinero las low cost y lo recauda las admin pública , jugada maestra de los de siempre
Tranquilos ,que repartiran el dinero de la multa entre los afectados mas intereses.
Es curioso que un Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 celebre un acto de prensa para tratar este asunto. En otros países europeos, estas cuestiones suelen ser competencia de reguladores independientes que trabajan para garantizar el buen funcionamiento de los mercados en beneficio de los consumidores y las empresas. Estos organismos, aunque dependan de un ministerio, actúan con autonomía. Que sea el propio ministro quien lidere esta comunicación suscita interrogantes sobre la separación entre la gestión política y la regulación técnica.
Además, el tono empleado, al decir que el ministerio quiere dar "un mensaje muy claro" a estas aerolíneas con esta multa, se asemeja más a una estrategia de intimidación o imposición que a un esfuerzo constructivo. Si realmente están preocupados por estas supuestas "prácticas abusivas," deberían centrarse en promover los cambios legales necesarios para prohibirlas en España de manera definitiva. Sin embargo, considerando los precedentes legislativos de este gobierno —como la controvertida Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre— parece evidente que no tienen un historial sólido en la elaboración de leyes claras y efectivas.
Por otro lado, resulta complejo imaginar cómo podría implementarse una ley nacional que prohíba estas prácticas dentro del marco legal internacional de la aviación. Esto requeriría necesariamente un enfoque coordinado a nivel europeo, promoviendo estos cambios en Bruselas en lugar de actuar unilateralmente como país dentro de la Unión Europea.