En el Golfo Pérsico hay tres grandes aerolíneas: Emirates, de Dubai; Etihad, de Abu Dhabi y Qatar Airways, obviamente de Qatar. Las tres compiten, pero la tercera lo hace con un brazo atado a la espalda, porque ningún país de la región, excepto Irán, le permite sobrevolar su espacio aéreo. Un conflicto diplomático de estos tan frecuentes entre los países árabes –con acusaciones cruzadas de terrorismo–, llevó a que un buen día Qatar tuviera prohibido volar por encima de Yemen, Oman, Arabia Saudí –el verdadero problema–, Bahrein y los Emiratos Unidos. Afortunadamente, puede salir de Doha vía Irán, cruzando el golfo. Esto suma unos cuántos minutos en la mayor parte de sus viajes al oeste, con las complicaciones económicas que supone.
Lógicamente, Qatar fue a los tribunales. Y ahora se encuentra con que la Corte Internacional de Justicia ha fallado en su favor en una cuestión previa. El tribunal de Naciones Unidas ha rechazado un recurso de los demás países en el que decían que la Autoridad Internacional de la Aviación Civil (ICAO) no tenía competencias para dirimir el conflicto.
Qatar aduce que el bloqueo al que está sometida su aerolínea viola el convenio de Aviación Civil de 1944, que es el fundamento de la Autoridad de Aviación Civil.
Esta decisión no es el final sino el principio del procedimiento. La Corte Internacional se pronunció porque los países contrarios a Qatar dijeron que era esta instancia y no la Aviación Civil la que tenía que aclarar el conflicto. Pero la Corte dijo en esta sentencia que es Aviación Civil.
Este es un paso importante en favor de Qatar, pero ahora hay que esperar el fallo de ICAO, que son las iniciales en inglés de esta organización de la Aviación Civil. Obviamente, las posturas previas apuntan a que es bastante probable que la ICAO de la razón a Qatar. Los acuerdos internacionales en materia de espacio aéreo no prevén que pueda haber bloqueos por razones políticas.
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