En el último año he sido “víctima” -por decirlo con sentido de humor británico- de las prolongadas retenciones de las cantidades de garantía que varias empresas hoteleras y otras de alquiler de coches sin conductor se han permitido aplicarme a pesar de haber liquidado las facturas con los extras hoteleros -si los había- y devuelto los coches sin deterioro alguno. Con esto provocaron una mengua en el saldo disponible de mi tarjeta de crédito.
Desconozco si existe una regulación legal sobre el tiempo en que pueden retener la garantía, pero me parece inconcebible que permanezcan durante semanas como movimientos en espera por la entidad emisora de la tarjeta y, como consecuencia, reduzcan el saldo disponible. Insisto en que son retenciones mantenidas a pesar de que las empresas ya habían cobrado las cantidades definitivas debidas, al hacer el check out del hotel o la devolución del coche en la oficina pertinente.
Resulta grotesco que en algunos casos te retengan en garantía varios centenares o millares de euros y que el importe sea superior o igual a la cantidad que has abonado previamente por haber aprovechado una tarifa de oferta por pago anticipado no reembolsable. Si al pasar las semanas reclamas a la entidad de la tarjeta esta achaca la demora al proveedor. Y si lo haces a este, lo achacan a la entidad de la tarjeta.
Si las cantidades fueran pequeñas o esporádicas el tema no tendría relevancia pero en mi caso, dada mi condición de viajero muy frecuente, y por lo tanto con un elevado presupuesto para viajes, lo considero un abuso. Equivale a tener que pagar dos veces por el mismo servicio y estar obligado a tener que esperar varias semanas a que te apliquen la liberación o devolución de los importes retenidos.
toda la razon del mundo