La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) dicta una resolución de procedimiento sancionador de gran relevancia para los consumidores: es ilegal que aerolíneas y agencias de viajes cobren por rectificar el nombre del viajero cuando se ha producido un error ortográfico o tipográfico en las contrataciones online (El Gobierno asesta un duro golpe a las aerolíneas).
De este modo, cuando un pasajero comete una errata al comprar unos billetes, debe ejercitar el derecho de rectificación de sus datos personales recogido en la normativa de protección de datos, derecho que debe ser gratuito.
AEPD advierte que cobrar por rectificar errores en los datos personales o impedir estos cambios, práctica muy habitual en el sector, “es ilegal”. En concreto, es contraria al artículo 12.5 del Reglamento General de Protección de Datos y al artículo 16 del mismo, que garantiza el derecho de rectificación sobre sus datos personales inexactos.
Al ejercer este derecho de rectificación, el pasajero sí debe demostrar que la corrección no es un cambio de persona, sino enmendar una errata. Para ello, deberá adjuntar como prueba una copia de su DNI o el documento que acredita su identidad.
Según informa Facua, los viajeros afectados deben reclamar por escrito al servicio de atención al cliente de la empresa, poniendo en copia al delegado de protección de datos de la misma. Una vez presentada la reclamación, la empresa deberá resolverla en un plazo de un mes.
Si no contesta o no la resuelve de forma adecuada, los afectados podrán acudir a la autoridad competente en España que, en este caso, es la Agencia Española de Protección de Datos. Se recomienda, eso sí, pagar dicho importe en caso de que sea necesario para poder volar y, posteriormente, reclamar la correspondiente devolución.
Si, muy bien, está realmente muy bien. Pero esto no deja de ser una resolución administrativa, con lo que los aludidos, aerolíneas y/o agencias pueden recurrir en contencioso-administrativo en el juzgado correspondiente, la resolución y en su caso la sanción que puede ser muy elevada según el grado de gravedad. Pero, eso no quiere decir que el afectado reciba un céntimo..., con las aerolíneas hemos topado. Y todo ésto, claro siempre que el usuario se tome la molestia de reclamar a la aerolínea, después a la AEPD, espere unos cuantos meses a que resuelva, a que la resolución sea firme y ahora, viene lo bueno, tenga que ir al juzgado, con la resolución en firme en la mano, a reclamar los daños materiales y morales causados, que además tendrá que demostrar, y eso si, para empezar contratando un abogado que no será gratis.
Por esto en el articulo te indicaque hay que pagar y luego reclamar. No el abocado no es gratuito, cobra como lo haces tu, pero luego habrá la indemnización.
Haces una interpretación equivocada. Lo que decie el artículo es que si quieres volar tendrás que pagar -por cambiar el nombre o la errata-, no que tengas que pagar por ir a un abogado, que no se dice que tenga que trabajar gratis, si no todos los pasos que tendrás que dar, que no serán pocos, ni gratuitos. La AEPD es un ente administrativo, que no ejecutvo, puede poner sanciones, pero no ejecutar los intereses del reclamante.
Yo lo interpreto de otra forma: El consumidor puede ejercer su derecho de rectificación conforme a la LOPD. De las agencias de viajes y nuestros fallos no dicen nada, y no somos el consumidor final. No lo tengo tan claro y habra que esperar a que haya jurisprudencia en ese sentido.
Como el tema va de rectificar errores o erratas, y de forma gratuita, el próximo domingo noche se emite en la sexta tv un programa sobré los sucesos relativos al cierre del espacio aéreo. Aquel famoso 10 de diciembre. También es gratis.
Por si alguien desea contrastar y rectificar sus.creencias. Es voluntario.
¿Un programa para, por fin, decir la verdad y culpar a Pepiño Blanco y demás socialistas?
No creo, dirán que los controladores eran unos privilegiados franquistas y que lo merecían.
Pepiño Blanco, esta en su chalet viviendo como dios, de toda la pasta que hizo de comisiones que imponia...
Que levante la mano el agente de viajes que no se haya topado nunca con una "criptoMaría"...
- Me llamo Loli, o sea, Dolores Mengánez
- ¿En el DNI dice Dolores a secas o María de los Dolores?"
- Ah bueno, pone María Dolores, pero es que nadie me llama así...
CriptoMarías, la segunda cosa más divertida después de los nombres latinos...