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EDICIÓN ESPAÑA

Alivio para las empresas del sector

Registro documental: las agencias esquivan posibles multas hasta 2024

El Gobierno aprueba la ampliación del periodo transitorio gracias a la presión ejercida por CEAV y sus asociaciones miembros
No se tramitarán procedimientos sancionadores en los próximos nueve meses

Gran noticia para el sector de agencias de viajes. Según puede adelantar Preferente, el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, ha dado luz verde a la ampliación del periodo transitorio del registro documental, el cual en principio expiraba el próximo 2 de junio (Golpe a las agencias: obligadas a registrar los datos de todas las reservas).

El periodo de adaptación se prolongará hasta el 31 de enero de 2024, por lo que las agencias dispondrán de nueve meses más para prepararse para el cambio. Será a partir del 1 de febrero cuando tendrán que cumplir con lo establecido en el Real Decreto 933/2021, que contiene las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor.

La Secretaría de Estado de Seguridad argumenta que ha tomado esta decisión “habida cuenta de la complejidad técnica del desarrollo y del volumen de operaciones de tratamiento que lleva aparejada su implementación, con la finalidad de mantener el alto nivel de garantías y salvaguardas de los derechos de todos los sujetos obligados y de las personas interesadas, así como, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las exigencias legales y reglamentarias establecidas”.

El Gobierno cumple así la promesa realizada por Alba Arqueros, jefa de servicio del área de normativa y protección de datos de la Secretaría de Estado de Seguridad, en el marco de las jornadas técnicas de CEAV (Registro documental: el Gobierno dará más margen a las agencias).

Gracias a dicha ampliación, las agencias seguirán sin ser multadas en caso de incumplir la nueva normativa. Durante este periodo transitorio que ahora se amplía, habrá obligación de aportar datos al sistema, y únicamente al objeto de garantizar la seguridad jurídica de los sujetos obligados, no se tramitarán procedimientos sancionadores por infracciones no dolosas relacionadas con las obligaciones de comunicación.

 


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